La notificación es un trámite mediante el cual el órgano administrativo competente practica una comunicación fehaciente a las personas interesadas en un acto administrativo con relevancia jurídica. Este envío constituye un requisito esencial para el acto que se notifica.
La comunicación es un envío que se emite sin acuse de recibo. Se utiliza para enviar información sin relevancia jurídica.
La notificación electrónica es aquella que se practica utilizando medios electrónicos tanto en la emisión, como en la puesta a disposición del interesado, como el propio acto de comparecencia y el acceso al contenido de la misma se realizan a través de una sede electrónica.
La notificación es enviada de forma individual a cada una de las personas titulares en el expediente, el acto de comparecencia es único y tiene efecto en el expediente cuando se realiza la primera comparecencia del mismo.
Además de como titular, podrá recibir una notificación o comunicación destinatario de la misma. Un destinatario es una persona que puede acceder al contenido de una notificación o comunicación, pudiendo ser una persona diferente al titular, como sería el caso de un representante.
En el momento de puesta a disposición de la notificación se envía un correo electrónico a la persona interesada a través de la dirección facilitada en el alta de trámite o expediente implicado. Transcurridos siete días desde la puesta a disposición de la notificación sin haber realizado la comparecencia, se vuelve a enviar otro correo recordando los plazos .
Igual que sucede en las notificaciones, recibirá un aviso de recepción de comunicación en el momento de puesta a disposición. Pero en este caso no se recibirán avisos de caducidad, puesto que la comunicación no requiere un acto de comparecencia.
El aviso de notificación se realiza a cada una de las personas interesadas del expediente y adicionalmente a las direcciones de correo que se hayan incluido. El hecho de recibir el aviso no afecta a la titularidad de la notificación.
Puede realizar el acto de comparecencia, la persona notificada, el representante de la persona jurídica o quien ostente apoderamiento sobre la persona. En caso de personas físicas y con expedientes relativos a esa misma persona, también puede realizar la comparecencia un empleado público habilitado tras personarse la persona interesada en alguna oficina administrativa.
Para acceder al contenido de la notificación, deberá acceder a la sede electrónica donde se ha puesto a disposición la notificación y firmar el recibo de comparecencia. Acto seguido se facilitará el contenido de la misma. A partir de esta firma, empiezan a contar los plazos establecidos para realizar el trámite que se indique en la notificación.
Se disponen de 10 días naturales a partir del día siguiente de la puesta a disposición de la notificación en sede electrónica. Si transcurrido estos diez días, no se realiza la comparecencia, se entenderá por rechazada dando por efectuado el trámite y siguiéndose el procedimiento.
La comparecencia puede realizarse en la Sede electrónica de la Diputación de Cáceres, y como alternativa a esta sede electrónica podrán acceder a las notificaciones desde el Punto de Acceso General electrónico de la Administración (opción aún no disponible, en preparación) La comparecencia a las notificaciones realizadas por la Diputación de Cáceres no puede realizarse en la Dirección Habilitada Única.
Una unidad administrativa pone a disposición de una entidad, una notificación conteniendo un requerimiento de subsanación de una solicitud de subvenciones el día 1 de junio de 2018.